Ley 10/2025
Ley 10/2025: el bot no puede ser el único canal de atención
La Ley 10/2025 entró en vigor el 28 de diciembre de 2025 y da doce meses de adaptación: el plazo termina el 28 de diciembre de 2026. Su regla más citada es sencilla de enunciar y cara de implantar: quien está dentro de su ámbito no puede dejar la atención al cliente exclusivamente en manos de un bot.
Pero antes de nada, la pregunta que casi nadie responde: ¿estás dentro del ámbito? Esta ley no aplica a cualquier pyme. Empieza por ahí, porque si no estás dentro, la mitad de lo que se cuenta por ahí no te obliga.
Norma: Ley 10/2025, publicada en el BOE como BOE-A-2025-26698. Última revisión de esta página: 6 de agosto de 2026.
¿Te aplica la Ley 10/2025?
Aquí es donde hay más ruido. Se ha contado mucho que «los chatbots ya no van a ser legales» y eso no es lo que dice la norma. El régimen detallado de la Ley 10/2025 tiene un ámbito acotado.
Estás dentro del régimen detallado si prestas efectivamente en España alguno de estos servicios:
- Agua, gas o electricidad.
- Transporte aéreo, ferroviario, marítimo, por autobús o autocar.
- Servicios postales.
- Comunicaciones electrónicas y telefonía.
- Servicios financieros.
También estás dentro si atiendes a consumidores y, tú sola o dentro de tu grupo, superas alguno de estos umbrales:
| Umbral | Cifra |
|---|---|
| Plantilla | 250 trabajadores o más |
| Volumen de negocio anual | superior a 50 millones de euros |
| Balance anual | superior a 43 millones de euros |
Tres matices que cambian el resultado:
- Da igual dónde esté tu call center, tu proveedor de inteligencia artificial o tu agencia.
Si el servicio se presta efectivamente a consumidores en España, la obligación es tuya.
- En telecomunicaciones y en finanzas manda la normativa sectorial
cuando establezca reglas específicas propias.
- Aunque no estés dentro del régimen detallado, no estás exento de todo.
La legislación general de consumo ya exige atención personal directa cuando una empresa ofrece atención telefónica o electrónica, y que los medios automatizados se usen de forma complementaria. Es decir: la idea de «el bot no puede ser tu única puerta» tiene un alcance más amplio que esta ley concreta.
Si eres una pyme B2C por debajo de esos umbrales y no estás en los sectores listados, el régimen detallado —los tres minutos, la clave de seguimiento, los plazos reforzados— no te obliga. Lo que sí te obliga es el principio general de atención personal directa y, si usas un bot, el artículo 50 del AI Act. Y una advertencia práctica: si vendes a empresas que sí están dentro del ámbito, te lo van a exigir a ti por contrato.
Qué exige la ley a un servicio de atención con bots
Para las empresas cubiertas por el régimen detallado:
El bot nunca es el único mecanismo.
- La opción de pedir atención humana tiene que estar en el menú principal.
- Se puede pedir una persona en cualquier momento de la conversación.
- Esa posibilidad existe desde el inicio de la interacción.
- El operador humano se identifica al empezar a hablar.
- No se corta la comunicación por un tiempo de espera elevado.
Y esto no lo cubre un correo escondido en el pie ni un formulario que se contesta en cuatro días: la ley define la atención personalizada como la que presta una persona física, en tiempo real.
Tiempos de espera.
- El 95 % de las solicitudes de atención personal debe atenderse, de media, en menos de tres minutos.
- El 95 % de las llamadas debe considerarse atendido, de media, en menos de tres minutos.
- Una llamada no cuenta como atendida si el cliente no ha podido explicar su motivo y pedir una persona.
- El cliente insatisfecho puede pedir supervisor o departamento de calidad.
- La transferencia se hace durante la comunicación o, si no es posible en menos de tres minutos, dentro del mismo día laborable.
Traducido a diseño de producto: un voicebot que entretiene al cliente ocho minutos antes de dejarle decir «agente» no cumple. Y no es un problema de texto, es de arquitectura del flujo.
Trazabilidad.
El sistema tiene que generar una clave identificativa para consultas, quejas, reclamaciones o incidencias, y esa clave debe permitir seguir el estado de la gestión. Cuando el consumidor lo pida, hay que darle justificante en soporte duradero con contenido, fecha, hora, referencia y canal.
Un «hemos recibido tu solicitud» sin referencia ni seguimiento puede quedarse corto.
Respuestas y plazos.
Las respuestas deben ser completas, precisas y motivadas; no se admiten contestaciones genéricas que ignoren parte de la reclamación. La legislación general de consumo fija un máximo de quince días para responder reclamaciones, y esta ley añade plazos más estrictos para determinadas incidencias de continuidad del servicio, facturación y cobros indebidos.
Consecuencia directa para quien monta bots: un modelo de lenguaje no debería cerrar automáticamente una reclamación ni declarar que «el caso está resuelto» sin validación suficiente.
Grabación para dejar constancia.
Cuando una consulta, queja, reclamación o incidencia llega por llamada, videollamada o mensajería instantánea y el cliente da su consentimiento expreso, hay que grabar la comunicación con esa finalidad probatoria y explicarle cómo acceder a ella. La grabación o su transcripción se conserva, como mínimo, hasta notificar la resolución.
Ojo con el atajo mental: esto no significa que toda llamada de atención al cliente necesite consentimiento para grabarse. Significa que este mecanismo concreto sí lo exige.
Cuándo puedes grabar una llamada y cuándo noAccesibilidad e idiomas.
El servicio se diseña con accesibilidad universal. Para personas con discapacidad auditiva, el canal telefónico debe poder complementarse con mensajería escrita o videointerpretación en lengua de signos. Las personas mayores o con discapacidad reciben atención prioritaria. En comunidades con lengua cooficial, el consumidor debe poder plantear su consulta en la lengua oficial aplicable; si el bot no la maneja bien, el flujo escala a un agente que sí. Y quienes diseñan y gestionan estos sistemas deben recibir formación continuada sobre accesibilidad, idiomas cooficiales y atención a colectivos vulnerables.
Soporte y ventas, separados.
El servicio de atención al cliente tiene que estar claramente separado de la actividad comercial. En la práctica: no conviertas una reclamación en una oportunidad de venta, no metas una oferta antes de resolver la incidencia y no reutilices el teléfono o el WhatsApp de soporte para campañas.
Qué hay que cambiar, en orden
Si estás dentro del ámbito, esto es lo que hay que revisar. Va ordenado por lo que más se rompe, no por el orden de la ley.
- La salida a persona existe y funciona.
No «existe en el diseño»: funciona en producción, desde el primer mensaje, con una palabra que el usuario adivina sin instrucciones («agente», «persona», «operador»). Pruébalo tú, en frío, como un cliente.
- La salida está anunciada.
En el menú principal y en el saludo, no enterrada en la ayuda.
- El humano se identifica al entrar.
El traspaso silencioso —el bot deja de escribir y aparece otro tono— no cumple y además confunde.
- Hay medición del tiempo.
Si no mides cuánto tarda una solicitud de atención humana en atenderse, no puedes demostrar el 95 % en tres minutos. Esto suele ser el trabajo de verdad.
- Hay clave de seguimiento.
Cada reclamación sale del bot con referencia consultable.
- El bot no cierra reclamaciones solo.
Lista explícita de temas que siempre pasan a una persona.
- Los idiomas cooficiales escalan bien.
Si el bot atiende peor en catalán, gallego o euskera, la ruta a persona tiene que ser mejor ahí, no peor.
- Soporte y campañas, en flujos separados.
Técnicamente separados, no solo separados de palabra.
Cómo se cruza con el artículo 50 del AI Act
Son dos obligaciones distintas que se cumplen en el mismo saludo, y por eso se confunden:
| Concepto | Artículo 50 del AI Act | Ley 10/2025 |
|---|---|---|
| Qué exige | Que sepas que hablas con una inteligencia artificial | Que puedas hablar con una persona |
| A quién | A todo bot que hable con personas, sin umbral de tamaño | Solo a las empresas dentro de su ámbito |
| Desde cuándo | 2 de agosto de 2026 | Plazo hasta el 28 de diciembre de 2026 |
Cumplir uno no cumple el otro. Un bot que avisa perfectamente de que es una IA y no deja hablar con nadie incumple la ley española si está en su ámbito. Y un bot con traspaso humano impecable que se presenta como «asistente virtual» incumple el reglamento europeo.
Artículo 50 aplicado a chatbots y voicebotsLa salida a persona
Cómo lo montamos nosotros
El traspaso a persona no debe quedarse en una frase del modelo. En cada proyecto que entregamos, el flujo se monta para detener el bot, conservar el historial y avisar al equipo por el canal acordado. Esta afirmación describe lo que entregamos a clientes; la demo propia de Aimoova no tiene ese recorrido.
Es uno de los puntos que hay que probar de extremo a extremo: qué ocurre cuando no hay nadie disponible, quién recibe el aviso y cómo se evita que el bot siga contestando por encima.
Si tienes un bot funcionando y no sabes si tu salida a persona aguanta, lo miramos: te decimos qué falta, qué se arregla con configuración y qué exige tocar el flujo.
Trabajamos con empresas de toda España. Oficina en Barcelona.
Esto no es asesoramiento jurídico. Es una guía divulgativa preparada por una consultora de inteligencia artificial, redactada a partir del texto oficial enlazado y revisada por última vez el 6 de agosto de 2026. La determinación de si tu empresa está dentro del ámbito de la Ley 10/2025 depende de circunstancias que esta página no puede evaluar: consúltalo con tu asesoría o con un abogado antes de decidir.
Este texto se ha redactado con ayuda de inteligencia artificial y lo ha revisado una persona del equipo antes de publicarlo. Lo decimos porque es exactamente lo que le pedimos a cualquier empresa que monte un bot: si hay IA de por medio, se avisa. Empezando por nosotros.
Antes de empezar
Preguntas frecuentes
¿A qué empresas aplica la Ley 10/2025?
Su régimen detallado cubre a las empresas que prestan efectivamente en España servicios de agua, gas, electricidad, transporte aéreo, ferroviario, marítimo o por carretera, servicios postales, comunicaciones electrónicas y servicios financieros. También a otras empresas que atienden a consumidores cuando, solas o dentro de su grupo, alcanzan al menos 250 trabajadores, más de 50 millones de euros de volumen de negocio anual o más de 43 millones de balance anual. No aplica, en ese régimen detallado, a cualquier pyme.
¿Prohíbe la Ley 10/2025 usar chatbots?
No. Lo que prohíbe, a quien está dentro de su ámbito, es que el bot o el contestador sean el único mecanismo de atención. El bot puede seguir resolviendo la mayor parte de las consultas: lo que tiene que existir es la posibilidad de pedir una persona desde el inicio, en cualquier momento y desde el menú principal.
¿Cuándo vence el plazo?
La ley entró en vigor el 28 de diciembre de 2025 y concede doce meses de adaptación a las empresas comprendidas en su ámbito, es decir, hasta el 28 de diciembre de 2026. Algunas modificaciones generales de la legislación de consumo, como la atención personal directa, ya forman parte del texto vigente.
¿Basta con poner un correo de contacto como alternativa al bot?
No para las empresas del régimen detallado. La ley define la atención personalizada como la que presta una persona física en tiempo real. Un correo que se responde días después, o un formulario sin plazo, no cubre esa exigencia.
Si mi empresa no está en el ámbito, ¿puedo dejar solo el bot?
No conviene. Aunque el régimen detallado no te alcance, la legislación general de consumo exige atención personal directa cuando se ofrece atención telefónica o electrónica y establece que los medios automatizados se usen de forma complementaria. Y si vendes a empresas que sí están dentro del ámbito, es previsible que te lo trasladen por contrato.
¿Podéis vosotros implantar el traspaso a persona?
Sí, es una de las cosas que montamos en los bots de chat y de teléfono: escalado real a un agente, con el historial de la conversación delante y desactivación del bot mientras habla la persona. Lo que no hacemos es la parte jurídica: si la duda es si estás dentro del ámbito, eso lo decide tu asesoría.
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